CENTRO NEVADA: UN "PECADO" QUE VALE 157 MILLONES GRANADA HOY
La jueza otorga a Olivo una histórica indemnización, sin considerar los escritos de la Junta, que llegó tarde a una vista.
Una hora, entre las 10 y las 11 de la mañana del pasado 6 de junio, bastó para que una década de batalla legal, económica y política por la construcción del Centro Comercial Nevada se sustanciara en una decisión judicial, catastrófica para la Administración, que encumbra al promotor Tomás Olivo como el mayor beneficiado de esta larga historia. Aunque fue condenado por delito urbanístico por este proyecto hace ya cinco años, no llegó a entrar en la cárcel y, frente a los 10.800 euros que tuvo que pagar de multa, ahora una jueza le otorga 157,4 millones de euros que han de salir de las arcas públicas.
La titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número uno, Isabel Moreno, ha dado un duro golpe a la Junta, que es la condenada a pagar, al estimar una de las peticiones económicas más cuantiosas de las opciones que el promotor había expuesto en su reclamación .
El pecado de la Junta fue que su abogado llegó tarde a aquella rápida vista del mes pasado, un "error" -como la propia Junta lo ha calificado- que ha resultado imperdonable y muy caro, pues la responsable del Juzgado se ha centrado exclusivamente en el informe económico que la empresa de Olivo presentó y pudo ratificar en ese acto judicial. Los escritos y contrainformes que meses antes había preparado y remitido la Administración andaluza no se pudieron enfrentar aquel día a la declaración del perito propuesto por la sociedad General de Galerías Comerciales, de modo que quedaron en papel mojado y no se tuvieron en cuenta, según se desprende del auto, que sí hace mención a esa incomparecencia.
En sus escritos, la Junta se oponía por completo a acceder a cualquiera de las compensaciones económicas que la empresa promotora del Nevada reclamaba, ni siquiera las más livianas, por decirlo de algún modo, ya que todas ellas eran millonarias. Según fuentes judiciales, los argumentos principales que esgrimía la Administración para rechazar cualquier resarcimiento están relacionados con el proceso penal que se siguió en paralelo al contencioso, del que se desprende este auto.
La Junta recordó en su escrito que el promotor pretende conseguir una indemnización, pese a haber cometido delitos contra la ordenación del territorio. La sentencia de 2011 de la Audiencia Provincial lo condenó a 15 meses de prisión e inhabilitación como promotor.
Los 157 millones que la jueza del número uno de lo Contencioso ha ordenado ahora pagar a la empresa de Tomás Olivo son en compensación por la paralización cautelar de las obras que ordenó este mismo Juzgado en 2006 a petición de la Junta, que inició una reclamación por esta vía (antes de iniciarse el proceso penal paralelo) y que finalizó en 2014 con una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que legalizaba la licencia de obras del Centro Nevada otorgada por el Ayuntamiento de Armilla en 2005. Al haber resultado este proceso administrativo a su favor, el promotor ahora reclama su derecho a ser compensado económicamente por los casi 8 años de paralización de las obras.
En su auto, Isabel Moreno reitera que para que se pueda admitir ese derecho a ser compensado económicamente, el promotor debe acreditar que hay un perjuicio cuantificable y "que ese daño es imputable a aquella suspensión de forma directa". La titular da por acreditada esta relación causa-efecto al aceptar la reclamación. Pero no tiene en cuenta la circunstancia excepcional que la Junta subrayó en su escrito y en el que puede basar su anunciado recurso de apelación ante el TSJA. Se trata de la paralización que también ordenó el Juzgado de Instrucción que investigaba este caso por la vía penal pocos meses después y que, según la Administración autonómica, fue el que en la práctica hizo que las obras se detuvieran definitivamente, dado que hasta entonces la construcción no se había llegado a paralizar por completo.
En definitiva, arguye la Junta que si en el pleito contencioso que esta Administración promovió no se hubiera ordenado ninguna medida de paralización, las obras se tendrían que haber detenido por orden de otra instancia judicial que investigaba los presuntos delitos cometidos por el promotor y los responsables políticos del Ayuntamiento de Armilla, al permitir la construcción del Nevada. Este proceso se inició a causa de una denuncia presentada por el PP en la Fiscalía.
Los abogados de la Junta pidieron en septiembre de 2015 a la juez que tenía que resolver la actual reclamación económica de Olivo que solicitara testimonio al Juzgado de lo Penal 3 sobre estas cuestiones, pero como sucede con el resto de alegaciones de la Junta, no hay rastro en el auto de que se haya hecho nada en este sentido.
La titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número uno, Isabel Moreno, ha dado un duro golpe a la Junta, que es la condenada a pagar, al estimar una de las peticiones económicas más cuantiosas de las opciones que el promotor había expuesto en su reclamación .
El pecado de la Junta fue que su abogado llegó tarde a aquella rápida vista del mes pasado, un "error" -como la propia Junta lo ha calificado- que ha resultado imperdonable y muy caro, pues la responsable del Juzgado se ha centrado exclusivamente en el informe económico que la empresa de Olivo presentó y pudo ratificar en ese acto judicial. Los escritos y contrainformes que meses antes había preparado y remitido la Administración andaluza no se pudieron enfrentar aquel día a la declaración del perito propuesto por la sociedad General de Galerías Comerciales, de modo que quedaron en papel mojado y no se tuvieron en cuenta, según se desprende del auto, que sí hace mención a esa incomparecencia.
En sus escritos, la Junta se oponía por completo a acceder a cualquiera de las compensaciones económicas que la empresa promotora del Nevada reclamaba, ni siquiera las más livianas, por decirlo de algún modo, ya que todas ellas eran millonarias. Según fuentes judiciales, los argumentos principales que esgrimía la Administración para rechazar cualquier resarcimiento están relacionados con el proceso penal que se siguió en paralelo al contencioso, del que se desprende este auto.
La Junta recordó en su escrito que el promotor pretende conseguir una indemnización, pese a haber cometido delitos contra la ordenación del territorio. La sentencia de 2011 de la Audiencia Provincial lo condenó a 15 meses de prisión e inhabilitación como promotor.
Los 157 millones que la jueza del número uno de lo Contencioso ha ordenado ahora pagar a la empresa de Tomás Olivo son en compensación por la paralización cautelar de las obras que ordenó este mismo Juzgado en 2006 a petición de la Junta, que inició una reclamación por esta vía (antes de iniciarse el proceso penal paralelo) y que finalizó en 2014 con una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que legalizaba la licencia de obras del Centro Nevada otorgada por el Ayuntamiento de Armilla en 2005. Al haber resultado este proceso administrativo a su favor, el promotor ahora reclama su derecho a ser compensado económicamente por los casi 8 años de paralización de las obras.
En su auto, Isabel Moreno reitera que para que se pueda admitir ese derecho a ser compensado económicamente, el promotor debe acreditar que hay un perjuicio cuantificable y "que ese daño es imputable a aquella suspensión de forma directa". La titular da por acreditada esta relación causa-efecto al aceptar la reclamación. Pero no tiene en cuenta la circunstancia excepcional que la Junta subrayó en su escrito y en el que puede basar su anunciado recurso de apelación ante el TSJA. Se trata de la paralización que también ordenó el Juzgado de Instrucción que investigaba este caso por la vía penal pocos meses después y que, según la Administración autonómica, fue el que en la práctica hizo que las obras se detuvieran definitivamente, dado que hasta entonces la construcción no se había llegado a paralizar por completo.
En definitiva, arguye la Junta que si en el pleito contencioso que esta Administración promovió no se hubiera ordenado ninguna medida de paralización, las obras se tendrían que haber detenido por orden de otra instancia judicial que investigaba los presuntos delitos cometidos por el promotor y los responsables políticos del Ayuntamiento de Armilla, al permitir la construcción del Nevada. Este proceso se inició a causa de una denuncia presentada por el PP en la Fiscalía.
Los abogados de la Junta pidieron en septiembre de 2015 a la juez que tenía que resolver la actual reclamación económica de Olivo que solicitara testimonio al Juzgado de lo Penal 3 sobre estas cuestiones, pero como sucede con el resto de alegaciones de la Junta, no hay rastro en el auto de que se haya hecho nada en este sentido.
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