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EL ARZOBISPO FIRMA LA PRIMERA NULIDAD MATRIMONIAL " EXPRES" GRANADA HOY

 

 

El periodo para resolver este proceso no ha llegado a los tres meses El Papa Francisco cambió el protocolo en diciembre
El Arzobispado tramita más nulidades ordinarias.

El arzobispo de Granada, Francisco Javier Martínez, ha firmado la primera nulidad matrimonial 'exprés' que se realiza en la provincia, y una de las pocas que se han llevado a cabo hasta la fecha en España con el nuevo procedimiento breve establecido por el Papa Francisco.

La medida entró en vigor el 8 de diciembre a través de la carta apostólica motu proprio 'Mitis Iudex Dominus Iesus' y ya desde el día 9 el Tribunal Eclesiástico granadino empezó a aplicarlo en todas las nuevas causas susceptibles de hacerlo.

El vicario judicial del Arzobispado de Granada, Sebastián Sánchez Maldonado, ha señalado que el proceso breve se puede aplicar en aquellas nulidades matrimoniales que reúnan una serie de "circunstancias especiales firmadas por las dos partes" y en las que se dan unos argumentos claros para la nulidad que no hacen necesarios los trámites del procedimiento ordinario.

El periodo para resolver este proceso breve no ha llegado a tres meses en el caso de la primera nulidad que firmó hace tan solo unos días el arzobispo de Granada.

En el caso de los procedimientos ordinarios, que también se están beneficiando de los nuevos métodos impulsados por el Papa Francisco, el plazo está siendo de unos cinco meses frente a los dos años o más que podía tardar en producirse una sentencia de nulidad matrimonial por parte de la Iglesia.

De hecho, el Arzobispado de Granada ya ha impulsado varias sentencias de nulidad matrimonial por el proceso ordinario desde que el 8 de diciembre entrara en vigor el motu proprio, cuyo objetivo es aligerar las listas de espera en los tribunales eclesiásticos.


Para cambiar el lento y pesado poceso de nulidad que en la actualidad seguía la iglesia, los motu proprio del Papa (Mitis Iudex Dominus Iesus y Mitis et Misericors Iesus) reforman el proceso en el código de Derecho Canónico y el de los Cánones de las Iglesias Orientales. La gran novedad es hacer un proceso breve si los dos cónyuges están de acuerdo y las condiciones son evidentes. En esos casos se da potestad a los obispos para aprobarlo. En los procesos ordinarios lo estudia un tribunal formado por tres jueces (dos podrán ser laicos) y no durará más de 45 días. Se necesitará solo una sentencia a favor y no dos como hasta ahora. Además, quiere que sea gratuito.

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